La Ley 21.663 define doce actividades como servicios esenciales en su artículo 4. Esta página muestra qué comprende cada una y, sobre todo, cuántas instituciones de cada sector quedaron efectivamente calificadas como Operadores de Importancia Vital al cierre del primer proceso, en julio de 2026.
Los conteos provienen de contar institución por institución las nóminas publicadas en el Diario Oficial, no de comunicados de prensa.
Los 1.154 OIV por sector
| Sector | Etapa 1 dic 2025 | Etapa 2 jul 2026 | Total |
|---|---|---|---|
| Infraestructura digital, servicios digitales y TI de terceros | 413 | 56 | 469 |
| Generación, transmisión o distribución eléctrica | 147 | 15 | 162 |
| Organismos de la Administración del Estado | 158 | 2 | 160 |
| Prestación institucional de salud | 114 | 8 | 122 |
| Transporte terrestre, aéreo, ferroviario o marítimo | — | 40 | 40 |
| Banca, servicios financieros y medios de pago | 34 | — | 34 |
| Telecomunicaciones | 29 | 3 | 32 |
| Concesionarias de servicios públicos | — | 32 | 32 |
| Transporte, almacenamiento o distribución de combustibles | — | 25 | 25 |
| Administración de prestaciones de seguridad social | — | 25 | 25 |
| Empresas del Estado y del sector estatal | 20 | — | 20 |
| Suministro de agua potable y saneamiento | — | 18 | 18 |
| Producción y/o investigación de productos farmacéuticos | — | 15 | 15 |
| Total | 915 | 239 | 1.154 |
El dato que cambia la lectura de esta ley
469 de las 1.154 instituciones —el 41%— son proveedores tecnológicos. Infraestructura digital, servicios digitales y servicios de TI gestionados por terceros es, por lejos, el sector más numeroso. La Ley 21.663 alcanzó masivamente a la cadena de suministro tecnológica, no solo a los operadores finales de infraestructura crítica.
Vale la pena notar que la primera etapa se concentró en electricidad, telecomunicaciones, TI, banca, salud y sector público, mientras que la segunda incorporó combustibles, sanitarias, transporte, concesionarias, seguridad social y farmacéuticas. Esa secuencia explica por qué varios sectores aparecen con guion en una de las columnas.
Qué comprende cada sector
Infraestructura digital y TI
Data centers, servicios cloud, integradores, casas de software, servicios gestionados, medios de pago electrónico, certificadoras y consultoras tecnológicas. El sector más numeroso y el que más sorprende a quienes lo integran.
Eléctrico
Generación, transmisión y distribución, más el Coordinador Eléctrico Nacional. Incluye generadoras renovables, transmisoras y grandes consumidores con generación propia.
Sector público
Ministerios, subsecretarías, servicios públicos, hospitales públicos, servicios de salud y municipios. Sujeto además a las obligaciones especiales del D.S. 293 sobre la Red de Conectividad Segura del Estado.
Salud
Hospitales, clínicas, consultorios, centros médicos y laboratorios clínicos. Sector con exposición alta por el volumen de datos personales sensibles que administra.
Transporte y logística
Puertos, terminales, aeropuertos, líneas aéreas, ferrocarriles, transporte público de Santiago y transbordadoras.
Banca y medios de pago
Bancos, cooperativas, emisores y operadores de tarjetas, cámaras de compensación y adquirentes. Habitualmente sujetos también a la normativa de la CMF.
Telecomunicaciones
Concesionarias de servicio público de telecomunicaciones, operadores móviles y de fibra, e infraestructura de red compartida.
Concesionarias de servicio público
Aeropuertos, autopistas, hospitales concesionados, recintos penitenciarios y terminales portuarios operados bajo concesión.
Combustibles
Transporte, almacenamiento y distribución: gasoductos, terminales de regasificación, distribuidoras de gas y de combustibles líquidos.
Seguridad social
AFP, isapres, cajas de compensación, administradoras del seguro de cesantía y entidades de administración de prestaciones previsionales y de salud.
Empresas del Estado
Empresas públicas creadas por ley y sociedades donde el Estado tiene participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio.
Sanitarias
Empresas de suministro de agua potable y saneamiento. Cubren prácticamente la totalidad de los clientes regulados del país.
Farmacéutico
Producción e investigación de productos farmacéuticos: laboratorios de fabricación, de radiofármacos y de investigación clínica.
Sectores del artículo 4 sin OIV calificados
Dos de las doce actividades del artículo 4 no registran instituciones calificadas en este primer proceso: servicios postales y de mensajería y, de forma autónoma, infraestructura digital —que quedó agrupada junto con servicios digitales y de TI de terceros—.
No estar calificado no equivale a estar fuera de la ley. Quien presta esos servicios sigue siendo prestador de servicios esenciales, con los deberes del artículo 7, la inscripción en el Portal ANCI y el deber de reportar del artículo 9. Y la calificación se revisa al menos cada tres años.
Fuentes
- Ley N° 21.663 — artículo 4.
- Diario Oficial: Resolución Exenta N° 87 de 2025 y Resolución Exenta N° 187 de 2026 de la ANCI. Conteos elaborados por Ley21663.info a partir del texto oficial.
Revisado el 5 de agosto de 2026. Información general sobre normativa vigente; no constituye asesoría legal.